El pasado 11 de marzo publicaba en este mismo blog un post sobre la noticia de la reciente victoria del Reino de España en un arbitraje relacionado con la reforma de la legislación sobre energías renovables en España. A este artículo respondió Jorge I. Aguilar Torres con una noticia de El Economista y un comentario sobre el estado de la legislación sobre energías renovables en México.
Todo ello me ha hecho buscar al respecto, y he dado con una entrevista concedida por Claus von Wobeser, Presidente de ICC México, en la que también analizaba el impacto de esta novedosa legislación.
Decía von Wobeser en El Universal, que “el sector privado puede iniciar su defensa a través de amparos ante el Poder Judicial Federal; controversias constitucionales; iniciar disputas por conflictos entre inversionista-Estado ya sea vía tratados comerciales o acuerdos de inversión; y arbitrajes internacionales.”
Como un oráculo, el artículo mencionado por Aguilar en su amable comentario a mi publicación, ya daba cuenta de la suspensión de la Ley de la Industria Eléctrica -entre otras normas-, ordenada por el Juez de Distrito Segundo en materia Administrativa, especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, derivada de la admisión de una demanda de amparo.
Si bien las actuaciones judiciales han sido promovidas por dos empresas concretas, el Juez ha ordenado que los efectos de la suspensión se extiendan a todas las empresas de la industria eléctrica nacional, para no dar ventajas competitivas ni afectar a la competencia entre empresas.
Según los empresarios del sector, las reformas a la Ley de la Industria Eléctrica publicadas en el Diario oficial de la Federación de 9 de marzo de 2021, promueven un modelo de monopolio en la generación de energía eléctrica por parte de la Comisión Federal de la Electricidad en perjuicio de inversiones renovables.
Aunque la secretaria de Economía deja abierta la posibilidad de negociar -ya expuse en el anterior artículo esa vía transaccional usada con cierto éxito en España-, es posible que, si la Suprema Corte no decide en contra de esta nueva legislación y dado que México depositó el 27 de julio de 2018 el instrumento de ratificación del Convenio sobre Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones entre Estados y Nacionales de otros Estados (CIADI), que entró en vigor el día 26 de agosto de 2018, en los próximos tres años asistamos a un notable incremento de demandas de arbitraje de inversión contra los Estados Unidos Mexicanos, como ocurrió con España, en defensa de los derechos de los inversionistas extranjeros.